Asambleas Virtuales en Condominios
Una Asamblea virtual no es una simple reunión o videollamada
En materia de condominios, de momento no tenemos lineamientos de parte del Registro Inmobiliario sobre su realización, sin embargo, tomando en cuenta lo que se ha indicado para sociedades anónimas y asociaciones, hay ciertos requisitos que deben asegurarse:
Simultaneidad: Las personas físicas que integran la asamblea de condóminos deben concurrir en forma simultánea a la formación de la voluntad imputable al órgano.
Interactividad: Los mecanismos utilizados deben ser interactivos, permitiendo una comunicación bidireccional y sincrónica, sea en tiempo real.
Integralidad: La comunicación debe ser integral, de forma que permita el envío de imagen (personas, video, multimedia, etc.), sonido (voz de alta calidad, música, etc.) y datos (ficheros automáticos, bases de datos; etc.)
Conservación: Debe ser conservada la sesión en grabación, sin olvidar la debida protección de la imagen y los datos personales que nos impone el Código Civil por una parte y la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, ley 8968, por la otra.
Excepcionalidad: Esto ha sido frecuente en los reglamentos que autorizan a órganos colegiados del sector público (que es entendible que requieran de una autorización por su sujeción al principio de legalidad). De momento el contexto del Coronavirus, los lineamientos del Ministerio de Salud y la vigencia del decreto de emergencia, deberían ser suficiente prueba de la necesidad de esta modalidad excepcional.
Permanencia: Este es el equivalente de la comprobación de quórum al momento de la votación. Se hace más que nunca necesario hacer esta comprobación ya que podría una persona haberse desconectado (voluntariamente o por fallos tecnológicos) y no podemos asumir que concurrió con su voto sin que así sea. Verificar que la persona está conectada al momento de votar y asegurarse de la identificación de la persona conectada deben repetirse en este momento.
Identificación indubitable del voto: Eso es igualmente importante en Asambleas de Condóminos presenciales, por lo que se trata solamente de lo mismo: Poder tener total certeza de que alguien ha votado en un sentido u otro.
Nuestro servicio permite al condominio cumplir con estos requerimientos
Simultaneidad: Las personas físicas que integran la asamblea de condóminos deben concurrir en forma simultánea a la formación de la voluntad imputable al órgano.
Interactividad: Los mecanismos utilizados deben ser interactivos, permitiendo una comunicación bidireccional y sincrónica, sea en tiempo real.
Integralidad: La comunicación debe ser integral, de forma que permita el envío de imagen (personas, video, multimedia, etc.), sonido (voz de alta calidad, música, etc.) y datos (ficheros automáticos, bases de datos; etc.)
Conservación: Debe ser conservada la sesión en grabación, sin olvidar la debida protección de la imagen y los datos personales que nos impone el Código Civil por una parte y la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, ley 8968, por la otra.
Excepcionalidad: Esto ha sido frecuente en los reglamentos que autorizan a órganos colegiados del sector público (que es entendible que requieran de una autorización por su sujeción al principio de legalidad). De momento el contexto del Coronavirus, los lineamientos del Ministerio de Salud y la vigencia del decreto de emergencia, deberían ser suficiente prueba de la necesidad de esta modalidad excepcional.
Permanencia: Este es el equivalente de la comprobación de quórum al momento de la votación. Se hace más que nunca necesario hacer esta comprobación ya que podría una persona haberse desconectado (voluntariamente o por fallos tecnológicos) y no podemos asumir que concurrió con su voto sin que así sea. Verificar que la persona está conectada al momento de votar y asegurarse de la identificación de la persona conectada deben repetirse en este momento.
Identificación indubitable del voto: Eso es igualmente importante en Asambleas de Condóminos presenciales, por lo que se trata solamente de lo mismo: Poder tener total certeza de que alguien ha votado en un sentido u otro.
Nuestro servicio permite al condominio cumplir con estos requerimientos
Nuestro servicio incluye:
|
Publicaciones sobre las Asambleas virtualesEL CONDOMINIO Y LA TOMA DE DECISIONES ¿SE PUEDEN REALIZAR ASAMBLEAS VIRTUALES?
NUEVA DIRECTRIZ SOBRE CELEBRACIÓN VIRTUAL DE ASAMBLEAS Y SESIONES DE JUNTA DIRECTIVA Condominios y Coronavirus: Asambleas virtuales y cierre de zonas comunes Realización virtual de asambleas y sesiones en tiempos de urgencia |